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INFOCOMEX 2019-078 Miércoles, 23 de Octubre del 2019 |
Temas en este informativo
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Condiciones y Requisitos para la Calificación como Operador Económico Autorizado (OEA). SENAE-SENAE-2019-0086-RE
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
Resuelve:
Primero.- Expedir los documentos denominados: - SENAE-OEA-CI-001-V1 Calificación como Operador Económico Autorizado (OEA) – Condiciones- Eslabón Importador; y, - SENAE-OEA-RI-001-V1 Calificación como Operado Económico Autorizado (OEA) – Requisitos – Eslabón Importador. Segundo.- La Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información – SENAE deberá de ejecutar las acciones necesarias para que los referidos documentos se encuentren implementados en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, por cuanto forman parte de la postulación en línea determinada en el nuevo Reglamento para obtener o renovar la calificación de operador económico autorizado, emitido mediante resolución No. SENAE-SENAE-2019-0063-RE.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Esta resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Registro Oficial.
(Click para ver Condiciones Generales para Calificación OEA)
(Click para ver Requisitos para Calificación OEA) Ir al inicio Manual Específico para el Cobro de Obligaciones Aduaneras Pecuniarias a través del Uso de Tarjetas de Crédito y/o Débito. SENAE-SENAE-2019-0090-RE
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
Resuelve:
Artículo único.- Expedir el procedimiento documentado denominado:
“SENAE-MEE-2-7-009-V1 MANUAL ESPECÍFICO PARA EL COBRO DE OBLIGACIONES ADUANERAS PECUNIARIAS A TRAVÉS DEL USO DE TARJETAS DE CRÉDITO Y/O DÉBITO”.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA.- Se deja sin efecto el siguiente documento: · “SENAE-MEE-2-7-006-V1 MANUAL ESPECÍFICO PARA LAS RECAUDACIONES DE TRIBUTOS ADUANEROS CON TARJETAS DE CRÉDITO Y/O DÉBITO”, expedido mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0235-RE de fecha 27 de marzo de 2014. DISPOSICIÓN FINAL
PRIMERA: La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Registro Oficial.
(Click para ver Manual para el Cobro de Obligaciones Aduaneras) Ir al inicio Verificación de certificados de conformidad. Boletín 115-2019
SENAE
Informa:
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador – SENAE y el Servicio de Acreditación Ecuatoriano – SAE, cumplen en informar a los Operadores de Comercio Exterior y al público en general que, el documento denominado: “Procedimiento Operativo de Verificación de certificados de Conformidad ingresados al sistema ECUAPASS a través de Ventanilla Única Ecuatoriana”, el cual tiene como objetivo describir el proceso de verificación de los certificados de conformidad (certificado de conformidad de producto, certificados de inspección, certificados de materiales de referencia, certificados de proveedores de ensayo de aptitud y certificados de comparaciones interlaboratorios, reportes de ensayo) y/o los demás documentos que se requieran evaluar la conformidad según la Normativa Técnica, ingresados al sistema de ECUAPASS, para la importación de bienes sujetos a Reglamentos Técnicos Ecuatorianos; se encuentra disponible en las siguiente ruta:
Página web: www.acreditacion.gob.ec
El documento antes mencionado también puede ser descargado dando clic aquí
Particular que se comunica para los fines pertinentes. |