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INFOCOMEX 2019-074 Martes, 08 de Octubre del 2019 |
Temas en este informativo
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Reducción arancelaria para 259 subpartidas arancelarias. Resolución No. 023-2019
COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR
Resuelve:
Artículo 1.- Reformar el Arancel del Ecuador expedido con Resolución No. 020-2017 adoptada por el Pleno del COMEX el 15 de junio de 2017 y, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 63 de 23 de agosto de 2017, de conformidad a lo establecido en el Anexo I del presente instrumento.
Artículo 2.- Encomendar al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), la ejecución e implementación de la presente resolución.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- La presente Resolución una vez que entre vigencia, se implementará de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversión (COPCI).
DISPOSCIÓN FINAL
La Secretaría Técnica del COMEX remitirá esta Resolución al Registro Oficial para su publicación.
Esta Resolución fue adoptada en sesión de 04 de octubre de 2019 y, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Ir al inicio Eliminación de porcentaje arancelario en la importación de productos perteneciente a las subpartidas arancelarias 8471.30.00.00; 8471.41.00.00 y 8471.49.00.00. Resolución No. 024-2019
COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR
Resuelve:
Artículo 1.- Reformar el Arancel del Ecuador expedido con Resolución No. 020-2017 adoptada por el Pleno del COMEX el 15 de junio de 2017 y, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 63 de 23 de agosto de 2017, al tenor siguiente:
Donde dice:
Deberá decir:
Artículo 2.- Encomendar al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), la ejecución e implementación de la presente resolución.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA: Disponer al Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (MINTEL), presentar al COMEX un informe de evaluación semestral de los resultados de la aplicación de la presente resolución. Este informe deberá ser puesto en conocimiento del Pleno del COMEX, a los diez (10) días laborables después del cierre de cada semestre.
Asimismo, de detectarse que el beneficio de la reducción arancelaria no se traslada al consumidor final, deberá informar inmediatamente al COMEX.
SEGUNDA: La presente Resolución se implementará de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversión (COPCI).
DISPOSICION FINAL
La Secretaría Técnica del COMEX remitirá esta Resolución al Registro Oficial para su publicación.
Esta Resolución fue adoptada en sesión de 04 de octubre de 2019 y, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Ir al inicio Reducción arancelaria para importación de celulares. Resolución No. 025-2019
COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR
Resuelve:
Artículo 1.- Reformar el Arancel del Ecuador expedido con Resolución No. 020-2017 adoptada por el Pleno del COMEX el 15 de junio de 2017 y, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 63 de 23 de agosto de 2017, al tenor siguiente:
Donde dice:
Deberá decir:
Artículo 2.- Encomendar al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), la ejecución e implementación de la presente resolución.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA: Disponer al Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (MINTEL), presentar al COMEX un informe de evaluación semestral de los resultados de la aplicación de la presente resolución. Este informe deberá ser puesto en conocimiento del Pleno del COMEX, a los diez (10) días laborables después del cierre de cada semestre.
Asimismo, de detectarse que el beneficio de la reducción arancelaria no se traslada al consumidor final, deberá informar inmediatamente al COMEX.
SEGUNDA: La presente Resolución se implementará de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversión (COPCI).
DISPOSCION REFORMATORIA
PRIMERA: Refórmese la Resolución No. 64 suscrita por el Pleno del Comité de Comercio Exterior el 11 de junio de 2012, publicada en el Registro Oficial No. 730 de 22 de junio de 2012, eliminando exclusivamente a los smartphones que ingresan bajo subpartida arancelaria “CKD celulares: 8517120010”.
DISPOSICION FINAL
La Secretaría Técnica del COMEX remitirá esta Resolución al Registro Oficial para su publicación.
Esta Resolución fue adoptada en sesión de 04 de octubre de 2019 y, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Ir al inicio Se deroga el reglamento técnico ecuatoriano RTE INEN 116 (Hornos de panadería). Resolución No. 19 071
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Derogar en su totalidad el reglamento técnico ecuatoriano RTE INEN 116 (Hornos de panadería) contenido en la Resolución No. 14 301 del 30 de junio de 2014, publicada en el Registro Oficial No. 312 del 15 de agosto de 2014; así como su fe de erratas contenida en la Resolución No. 14 457 del 08 de octubre de 2014, publicada en el Registro Oficial No. 367 del 04 de noviembre de 2014.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN, que retire el reglamento técnico ecuatoriano RTE INEN 116 (Hornos de panadería) y su fe de erratas, de la página web de esa Institución (www. normalizacion.gob.ec).
ARTICULO 3.- La presente Resolución deberá ser notificada en las condiciones establecidas en las Decisiones 827 y 615 de la CAN, y según el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio.
ARTÍCULO 4.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Ir al inicio Se deroga reglamento técnico ecuatoriano RTE INEN 120 (Herramientas Neumáticas). Resolución No. 19 072
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Derogar en su totalidad el reglamento técnico ecuatoriano RTE INEN 120 (Herramientas Neumáticas) contenido en la Resolución No. 14 302 del 30 de junio de 2014, publicada en el Registro Oficial No. 312 del 15 de agosto de 2014; así como su fe de erratas contenida en la Resolución No. 14 457 del 08 de octubre de 2014, publicada en el Registro Oficial No. 367 del 04 de noviembre de 2014.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN, que retire el reglamento técnico ecuatoriano RTE INEN 120 (Herramientas Neumáticas) y su fe de erratas, de la página web de esa Institución (www.normalizacion.gob.ec).
ARTICULO 3.- La presente Resolución deberá ser notificada en las condiciones establecidas en las Decisiones 827 y 615 de la CAN, y según el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio.
ARTÍCULO 4.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. |