INFOCOMEX 2019-002 Jueves 03 de enero de 2019 |
Temas en este informativo
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Procedimientos para ejercer controles en Materia de Propiedad Intelectual SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
SERVICIO
NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
El
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, comunica a todos los Operadores de
Comercio Exterior, que de acuerdo al Código Orgánico De La Economía Social De
Los Conocimientos, Creatividad E Innovación, publicado en el Suplemento del
Registro Oficial No. 899 del 9 de diciembre de 2016, en el CAPÍTULO III DE LOS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Sección II
De la Observancia Positiva, Apartado II De las medidas en frontera, desde el
artículo 575 hasta el artículo 583 se encuentra detallado el procedimiento que
debe cumplir el titular de un registro de marca o derecho de autor que tuviera
evidencia suficiente para suponer que se van a realizar importaciones o
exportaciones de mercancías que lesionarían su derecho sobre su marca o su
derecho de autor; se comunica que todo acto de control en Materia de Propiedad
Intelectual, debe
venir con la autorización del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI). |