AGROCALIDAD
Requisitos fitosanitarios para la importaci贸n de fibra sin cardar ni peinar de algod贸n para la industria, originaria de la India.
Resoluci贸n No. 0011 AGROCALIDAD
Resuelve:
Art铆culo 1.- Establecer los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importaci贸n de fibra sin cardar ni peinar de algod贸n (Gossypium spp.) para la industria, originaria de India.
Art铆culo 2.- Los requisitos fitosanitarios para la importaci贸n son:
Permiso Fitosanitario de Importaci贸n, emitido por el 谩rea respectiva de AGROCALIDAD. Certificado Fitosanitario de Exportaci贸n otorgado por la Organizaci贸n Nacional de Protecci贸n Fitosanitaria (ONPF) de India. El env铆o debe venir libre de suelo y cualquier otro material extra帽o. El env铆o estar谩 contenido en empaques nuevos de primer uso y deben estar libres de cualquier material extra帽o. Inspecci贸n fitosanitaria en el punto de ingreso.
DISPOSICI脫N GENERAL
脷nica.- La Coordinaci贸n General de Sanidad Vegetal conjuntamente con la Direcci贸n General de Planificaci贸n y Gesti贸n Estrat茅gica a trav茅s de la Gesti贸n de Relaciones Internacionales de AGROCALIDAD se encargar谩 de notificar la presente Resoluci贸n ante la Organizaci贸n Mundial del Comercio (OMC).
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De la ejecuci贸n de la presente Resoluci贸n enc谩rguese a la Coordinaci贸n General de Sanidad Vegetal de AGROCALIDAD.
Segunda.- La presente Resoluci贸n entrar谩 en vigencia a partir de su suscripci贸n sin perjuicio de su publicaci贸n en el Registro Oficial.
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AGROCALIDAD
Requisitos fitosanitarios para la importaci贸n de agente de control biol贸gico para la comercializaci贸n, originario de Holanda.
Resoluci贸n No. 0017 AGROCALIDAD
Resuelve:
Art铆culo 1.- Establecer los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importaci贸n del agente de control biol贸gico Amblydromalus limonicus (garman & mcgregor) para comercializaci贸n originario de Holanda.
Art铆culo 2.- Los requisitos fitosanitarios para la importaci贸n son:
Permiso Fitosanitario de Importaci贸n, emitido por el 谩rea respectiva de AGROCALIDAD. Declaraci贸n Fitosanitaria otorgada por la Organizaci贸n Nacional de Protecci贸n Fitosanitaria (ONPF) de Holanda que contenga lo siguiente: 2.1. El enemigo natural se帽alado en este env铆o est谩 destinado para el control biol贸gico. 2.2. La identidad del organismo es la indicada en el env铆o. 2.3. El sistema de cr铆a es un proceso estrictamente controlado y en el que no existe mezcla de especies. 2.4. Este env铆o est谩 libre de organismos en cuarentena en la Uni贸n Europea.
El env铆o debe venir libre de suelo y cualquier otro material extra帽o. El env铆o estar谩 contenido en empaques nuevos de primer uso y deben estar libres de cualquier material extra帽o. Inspecci贸n fitosanitaria en el punto de ingreso.
Art铆culo 3.- La Coordinaci贸n General de Sanidad Vegetal conjuntamente con la Direcci贸n de Planificaci贸n y Gesti贸n Estrat茅gica a trav茅s de la Gesti贸n de Relaciones Internacionales de AGROCALIDAD se encargar谩 de notificar la presente Resoluci贸n ante la Organizaci贸n Mundial de Comercio (OMC).
Art铆culo 4.- De la ejecuci贸n de la presente Resoluci贸n enc谩rguese a la Coordinaci贸n General de Sanidad Vegetal de AGROCALIDAD.
Art铆culo 5.- La presente Resoluci贸n entrar谩 en vigencia a partir de su suscripci贸n sin perjuicio de su publicaci贸n en el Registro Oficial.
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AGROCALIDAD
Requisitos fitosanitarios para la importaci贸n de granos de arroz salvaje para consumo originarios de Estados Unidos
Resoluci贸n No. 0024 AGROCALIDAD
Resuelve:
Art铆culo 1.- Establecer los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importaci贸n de granos de arroz salvaje (Zizania aquatica) para consumo originarios de Estados Unidos.
Art铆culo 2.- Los requisitos fitosanitarios para la importaci贸n son:
Permiso Fitosanitario de Importaci贸n, emitido por el 谩rea respectiva de AGROCALIDAD. Certificado Fitosanitario de Exportaci贸n otorgado por la Organizaci贸n Nacional de Protecci贸n Fitosanitaria (ONPF) de Estados Unidos. El env铆o debe venir libre de suelo y cualquier material extra帽o. El env铆o estar谩 contenido en empaques nuevos de primer uso y deben estar libres de cualquier material extra帽o. Inspecci贸n fitosanitaria en el punto de ingreso
. DISPOSICI脫N GENERAL
脷nica.- La Coordinaci贸n General de Sanidad Vegetal conjuntamente con la Direcci贸n de Planificaci贸n y Gesti贸n Estrat茅gica a trav茅s de la Gesti贸n de Relaciones Internacionales de AGROCALIDAD se encargar谩 de notificar la presente Resoluci贸n ante la Organizaci贸n Mundial de Comercio (OMC).
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De la ejecuci贸n de la presente Resoluci贸n enc谩rguese a la Coordinaci贸n General de Sanidad Vegetal de AGROCALIDAD.
Segunda.- La presente Resoluci贸n entrar谩 en vigencia a partir de su suscripci贸n sin perjuicio de su publicaci贸n en el Registro Oficial.
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MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Resoluciones del COMEX fomentan la Producci贸n Nacional
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
El pleno del Comit茅 de Comercio Exterior (Comex), presidido por el ministro Juan Carlos Cassinelli, sesion贸 la ma帽ana de este mi茅rcoles y aprob贸 diversas resoluciones para el beneficio de los sectores productivos del pa铆s, entre ellas la ampliaci贸n de partidas arancelarias del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementaci贸n Econ贸mica entre Ecuador y Cuba.
Entre los principales productos que se beneficiar谩n de dicho dictamen est谩n: at煤n, leche, quesos, jabones de lavar y de ba帽o, conservas de pescado, aceites en bruto, cueros, placas y l谩minas de pl谩stico, tubos de pl谩stico, pieles, llantas, calzado industrial, tableros de madera, madera de bamb煤, refrigeradoras, secadoras, triciclos, patinetes, coches de pedal, entre otros.
Asimismo, se aprob贸 el informe t茅cnico sobre la enmienda de aspectos de propiedad intelectual que constan en dicho Acuerdo, la cual permitir谩 regular los diferentes usos para productos patentados, como es el caso de las licencias obligatorias de medicamentos.
Por otro lado, el pleno del Comex aprob贸 la exclusi贸n del pago de sobretasas arancelarias y aranceles ad valorem para m谩quinas, repuestos y aparatos empleados en la reparaci贸n, curtido o trabajo de cuero o piel, como impulso a la industria nacional.
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SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
Nuevo aplicativo de firma electr贸nica para Despacho de Importaci贸n.
Bolet铆n No. 181-2017 SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador comunica a los Operadores de Comercio Exterior que el d铆a 25 de abril de 2017 inicia la activaci贸n del nuevo aplicativo de firmado para despacho de importaci贸n seg煤n el cronograma informado por medio de bolet铆n 119-2017.
Con la finalidad que realice la correcta descarga del aplicativo de firma electr贸nica, se pone a su disposici贸n las notificaciones que se pueden generar con las soluciones correspondientes a cada caso. (Ver adjunto).
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SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
Solicitud de Importaci贸n de Productos Agropecuarios.
Bolet铆n No. 176-2017 SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
El Ministerio de Agricultura, Ganader铆a, Acuacultura y Pesca (MAGAP) y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) comunican a los Operadores de Comercio Exterior y al p煤blico en general que, por medio del presente bolet铆n se actualizan las fechas de deshabilitaci贸n del formulario 133-001-REQ Solicitud de Importaci贸n de Productos Agropecuarios, detalladas previamente en el Bolet铆n N掳 164-2017, por lo que se debe considerar:
鈥 Desde el d铆a mi茅rcoles 26 hasta el 28 de abril del a帽o en curso, el formulario en menci贸n no estar谩 disponible en el portal de la Ventanilla 脷nica Ecuatoriana. 鈥 El formulario estar谩 habilitado para su uso en la Ventanilla 脷nica Ecuatoriana a partir del d铆a s谩bado 29 de abril del presente a帽o, por lo que es necesario que los Operadores de Comercio Exterior tengan en cuenta lo siguiente:
1. El MAGAP atender谩 todas las solicitudes que se encuentren en los estados "Pago Autorizado", "Subsanaci贸n Requerida" y "Modificaci贸n", hasta el 25 de abril de 2017. 2. Las solicitudes que NO tengan los estados: "Solicitud Aprobada", "Desistimiento Aprobado" y "Solicitud Rechazada", ser谩n devueltas (rechazadas) para que sean ingresadas nuevamente desde el 29 de abril del presente a帽o.
Es importante indicar que a la presente fecha el formulario 133-001-REQ Solicitud de Importaci贸n de Productos Agropecuarios se encuentra habilitado en la VUE hasta que entren en vigencia las fechas anteriormente mencionados.
Se receptar谩n consultas mediante los canales de comunicaci贸n descritos en el Bolet铆n N潞 72-2017 del SENAE.
Por lo expuesto, se deroga el Bolet铆n N掳 164-2017.
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SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
Ampliaci贸n de C贸digo de OCE para L铆neas Navieras.
Bolet铆n No. 172-2017 SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador recuerda a todas las Agencias Navieras cumplir con antelaci贸n con la presentaci贸n de los documentos habilitantes para la Renovaci贸n del Permiso de Operaci贸n conforme lo estipulado en el art. 3 de la Resoluci贸n SENAE-DGN-2016-0412-RE con fecha 20 de mayo de 2016 mismo que indica:
鈥淎rt铆culo 3.- Presentaci贸n de la Renovaci贸n del Permiso de Operaci贸n.- Los transportistas deber谩n presentar la renovaci贸n de su permiso de operaci贸n antes de la fecha de caducidad del permiso de operaci贸n vigente, registrado en el Ecuapass.鈥
Asimismo, se hace 茅nfasis en el art铆culo 4 en donde menciona:
鈥淎rt铆culo 4.- Inhabilitaci贸n del C贸digo OCE.- En caso que el transportista incumpla con lo detallado en el art铆culo anterior, se proceder谩 con la inhabilitaci贸n del c贸digo de OCE, por lo tanto, se ver谩 impedido de transmitir informaci贸n al sistema inform谩tico Ecuapass; dicho c贸digo ser谩 habilitado, una vez que se remita el permiso de operaci贸n actualizado.鈥
Por tanto, deber谩n dirigir un correo electr贸nico a mesadeservicios@aduana.gob.ec indicando en el asunto: Renovaci贸n Matr铆cula L铆nea Naviera, adjuntando los documentos detallados en el bolet铆n 76-2015 antes del vencimiento del c贸digo operador a fin de evitar generaci贸n de faltas reglamentarias por env铆os tard铆os.
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SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
Manual para desarrollo del r茅gimen aduanero de almac茅n libre.
Bolet铆n No. 163-2017 SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior (OCE) y servidores del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) y al p煤blico en general, la expedici贸n de la Resoluci贸n Nro. SENAE-DGN-2017-0241-RE, mediante la cual se resolvi贸 expedir lo siguiente: "Reforma a la Resoluci贸n Nro. SENAE-DGN-2012-0209-RE 鈥淢anual para Desarrollo del R茅gimen de Almac茅n Libre".
El objetivo de esta resoluci贸n es normar la cantidad de tel茅fonos celulares que el almac茅n libre puede vender a cada pasajero que ingresa al pa铆s, de conformidad con la disposici贸n emitida por el Comit茅 de Comercio Exterior mediante Resoluci贸n 049-2015. La presente resoluci贸n entr贸 en vigencia el 30 de marzo de 2017, sin perjuicio de su publicaci贸n en el Registro Oficial.
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SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
Correcciones a las declaraciones aduaneras posterior al levante de las mercanc铆as.
Bolet铆n No. 162-2017 SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior (OCE) y servidores del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) y al p煤blico en general, la expedici贸n de la Resoluci贸n Nro. SENAE-DGN-2017-0271-RE, mediante la cual se resolvi贸 expedir la siguiente: "Reforma a la Resoluci贸n Nro. SENAE-DGN-2014-0604-RE 鈥淐orrecciones a las Declaraciones Aduaneras posterior al levante de las mercanc铆as".
El objetivo de esta resoluci贸n es normar el procedimiento para declarar el valor en aduana definitivo en los casos en que al momento de declarar el valor en aduana, el precio de las mercanc铆as importadas dependan de una condici贸n futura o cuando los elementos del art铆culo 8 del Acuerdo sobre Valoraci贸n de la OMC no se conozcan en forma definitiva. La presente resoluci贸n entr贸 en vigencia el 10 de abril de 2017, sin perjuicio de su publicaci贸n en el Registro Oficial.
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