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LEY ORGÁNICA PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA,
FORTALECIMIENTO DE LA DOLARIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE GESTIÓN FINANCIERA
 
 

Segundo Suplemento Registro Oficial No. 150 del 29 de diciembre de 2017

En el presente documento se enuncian las reformas que se operan en diferentes leyes, y se da preferencia a las que están relacionadas con el Código Orgánico de la Producción y Comercio e Inversiones COPCI y Tributos al Comercio Exterior, por tanto, presentamos a continuación los cambios más relevantes que versan en la presente Ley.

Ley de Régimen de Tributario Interno

Impuesto al Valor Agregado IVA
Se añade a la tarifa cero del impuesto al valor agregado a los servicios públicos:
"Los servicios públicos de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado, los de recolección de basura; y de riego y drenaje previsto en la Ley Orgánica de recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento de Agua"

Impuesto a los Consumos Especiales ICE
Se modifica la base imponible del ICE, los mismos que se determinarán partiendo del precio de venta al público sugeridos por el importador menos el IVA y el ICE o en base a precios referenciales establecidos por el SRI.
Así también se presenta una nueva forma de cálculo para el ICE ad-valorem que se aplicará sobre el excedente que resulte del precio exfábrica o exaduana, menos el valor de la tarifa asignada en el artículo 82 de la LORTI por litro de bebida alcohólica.
Se modifica las exenciones del pago del impuesto a los consumos especiales:
· Exento alcohol de producción nacional o importada siempre y cuando se haya obtenido un cupo anual por parte del SRI.
· Vehículos ortopédicos y no ortopédicos para personas con discapacidad de acuerdo con la Ley Orgánica de Discapacidades y la Constitución de la República.

Se añade el alcohol en la Tabla del Grupo V del ICE.
Las bebidas alcohólicas provenientes de la destilación de la caña de azúcar adquiridas a artesanos u organizaciones de la economía popular y solidaria tendrán una rebaja de 50% a la tarifa especifica del ICE.
Definición de exportador habitual y clasificación de micro, pequeñas y medianas empresas.
Para la emisión de Comprobantes por operaciones de más de US$1.000,00 gravadas con los impuestos a los que se refiere esta Ley se establece la obligatoriedad de utilizar a cualquier institución del sistema financiero para realizar el pago, a través de giros, transferencias de fondos, tarjetas de crédito y débito, cheques o cualquier otro medio de pago electrónico.
Se modifica la sanción por falta de declaración en lo referente a ocultamiento patrimonial en el exterior.

Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria

Impuesto a la Salida de Divisas ISD
Se modifican los casos para las exenciones del ISD.
Se especifica que los exportadores habituales tienen derecho a la devolución del ISD en la importación de materias primas, insumos y bienes de capital para ser incorporados en procesos productivos de bienes exportables.

Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones

Libro V del COPCI de la Competitividad Sistémica y de la Facilitación Aduanera
Se modifica la definición de lo que corresponde a Obligación Aduanera
La Aduana mediante resolución podrá establecer exenciones para las tasas por servicios aduaneros.
Se modifica la exigibilidad de la obligación tributaria para las tasas por servicios aduaneros. Se modifica los plazos para el pago de tributos:
· El pago de las tasas dentro de dos días hábiles siguientes a la fecha de autorización de pago en la liquidación.
· Se genera el pago de intereses a partir de la fecha de la exigibilidad tributaria.

Se amplían los plazos para sustanciar y resolver reclamos y recursos administrativos pasando de 60 a 120 días contados desde que el reclamante hubiere presentado dicho reclamo.
Se amplía el Abandono Definitivo cuando el sistema de perfiles de riesgos del SENAE registre riesgos integrales asociados con la naturaleza la mercancía declarada y el administrado no proceda con la corrección o justificación a las observaciones respectivas.
Se amplía la definición y potestad del SENAE respecto a los Perfiles de Riesgo.
La sobrevaloración o subvaloración pasa de ser contravención a ser defraudación.
Se crea un nuevo capítulo para el proceso de Subasta pública adjudicación gratuita y destrucción.
Se modifica la competencia del Director o Directora General de Aduanas.

Además de las modificaciones enlistadas existen reformas a las diferentes disposiciones legales tales como:
· Código Tributario: modificación en la extensión de las obligaciones de recuperación, normas de determinación presuntiva, efectos de solicitud facilidades para el pago, acción coactiva, orden de cobro, Notas de créditos, entre otras
· Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas
· Ley de Compañías
· Código Orgánico Monetario y Financiero
· Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria
· Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de delitos
· Ley de Creación de Servicio de Rentas Internas
· Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
· Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica
· Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial
· Código Orgánico Integral Penal
· Ley Orgánica para la reestructuración de las deudas de la Banca Pública, Banca Cerrada y Gestión del Sistema Financiero Nacional y regímenes de Valores
· Código Orgánico de Organización Territorial, autonomía y Descentralización


El equipo de PUDELECO Editores S. A.
 



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